[España] Nace el ‘gran hermano’ político: los partidos crearán ficheros con datos ideológicos de los ciudadanos

 


El diario El Mundo, de España, publicó lo siguiente:

Nace el gran hermano de la política. Los partidos políticos se convierten en el ojo de Sauron que espían a los ciudadanos. Las formaciones podrán recopilar datos personales obtenidos en internet -sin previa autorización-, con especial énfasis en lo que respecta a sus opiniones políticas, para la realización de actividades políticas durante periodos electorales. Es decir, están habilitados para crear perfiles ideológicos de los ciudadanos, lo que les permitirá crear un valioso fichero con el que llevar a cabo una propaganda electoral más personal y efectiva. Podrán mandar un mail, mensaje o hacer una llamada con un mensaje individualizado, afín a los gustos detectados en su fichero, para intentar captar el voto.

Así es el artículo polémico

Artículo 58 bis. Utilización de medios tecnológicos y datos personales en las actividades electorales.

1. La recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas que lleven a cabo los partidos políticos en el marco de sus actividades electorales se encontrará amparada en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas.

2. Los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales podrán utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral.

3. El envío de propaganda electoral por medios electrónicos o sistemas de mensajería y la contratación de propaganda electoral en redes sociales o medios equivalentes no tendrán la consideración de actividad o comunicación comercial.

(…)  «Nosotros hacemos pública mucha información en las redes sociales. Pero ahora los partidos pueden tratarla. Pueden, incluso, llegar a acuerdos con empresas de mercadotecnia. Y eso supone crear una base de datos y hacer perfiles que permiten difundir propaganda electoral más afinada», reflexiona Jorge Campanillas, abogado del bufete Iurismática, especialista en Derecho de las tecnologías de la información y comunicaciones.

(…) Hasta ahora estaba prohibida la creación de ficheros ideológicos. Así lo estipula el Reglamento General de Protección de Datos y la hasta ahora vigente Ley de 1999 de Protección de Datos de Carácter Personal. Ésta última recoge en su artículo 7 que quedan «prohibidos los ficheros creados con la finalidad exclusiva de almacenar datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión, creencias, origen racial o étnico, o vida sexual». La propia Constitución ampara que la «ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos».

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